El tribunal de justicia de la Unión europea ha avalado la medida homófoba, por la cual cualquier país miembro de la UE puede excluir a los hombres que hayan mantenido relaciones sexuales con otros hombres de la donación de sangre:
"Una contraindicación permanente para la donación de sangre aplicable a la totalidad del grupo constituido por los hombres que han tenido relaciones sexuales con otros hombres solo resulta proporcionada si no existen métodos menos coercitivos para garantizar un alto nivel de protección de la salud de los receptores"
Esta decisión se tomó después de que un médico francés de Mentz no aceptase la donación de un hombre por haber mantenido relaciones sexuales con otro hombre. Dicho médico se basó en la ley francesa que permite excluir de la donación de sangre de forma permanente a los hombres que hayan mantenido relaciones sexuales con otro varón. Léger. la persona rechazada, decidió apelar dicha ley al tribunal administrativo de Estrasburgo, donde posteriormente se envió dicha reclamación al tribunal de justicia de la unión europea.
La sentencia se basa en que las personas que mantienen relaciones homosexuales tienen más posibilidades de contraer el VIH que las personas que mantienen relaciones heterosexuales o lésbicas. Asimismo, en cincuenta países está permitido excluir a toda la gente que haya mantenido relaciones sexuales homosexuales. Esta medida también afecta a mujeres transexuales que no han sido intervenidas quirúrgicamente para el cambio de sexo.
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